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- Preguntas frecuentes que los floridanos hacen sobre la FCCPA
- The Real Deal
- La ley federal: ¿Qué hace la FDCPA?
- El vacío legal federal que Florida subsanó
- Lo que añade la FCCPA
- El plazo de prescripción de dos años
- Las 19 cosas que un coleccionista no puede hacer en Florida
- Daños y perjuicios en virtud de la FCCPA
- Florida también exige que los cobradores de deudas tengan licencia.
- Cómo funcionan juntas las dos leyes
- ¿Listo para detener el acoso?
Preguntas frecuentes que los floridanos hacen sobre la FCCPA
Sí. A la FCCPA no le importa si la deuda subyacente es legítima. Le importa cómo se comportó el cobrador al intentar cobrarla. Puedes deber hasta el último centavo que te dicen que debes y aun así tener un caso si la forma en que intentaron cobrar infringió la ley.
Sí. La Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (FCCPA, por sus siglas en inglés) incluye las deudas contraídas para fines personales, familiares o domésticos. Generalmente, las facturas médicas califican. Lo mismo ocurre con las facturas de servicios públicos, las deudas de tarjetas de crédito, los préstamos para automóviles, las hipotecas y la mayoría de los demás tipos de obligaciones de consumo.
Técnicamente, sí, pero casi con toda seguridad no deberías. Los casos de la FCCPA son complejos y las normas relativas a daños, pruebas y procedimientos no son algo que la mayoría de la gente quiera manejar sola.
Los acusados suelen estar representados por abogados defensores experimentados cuyo trabajo consiste exclusivamente en litigar en estos casos. La buena noticia es que, tanto bajo la FDCPA como bajo la FCCPA, el acusado paga los honorarios de su abogado si usted gana. No tendrá que pagar nada de su bolsillo.
- Registros de llamadas
- Mensajes de voz
- Los mensajes de texto
- Letras
- Emails
- Notas que tomaste durante o después de las llamadas
- Declaraciones de familiares o compañeros de trabajo que atendieron llamadas en su nombre.
- Cualquier comunicación por parte del coleccionista
Cuanto más ahorres, más sólido será el caso.
No pueden demandarte por presentar una reclamación bajo la FCCPA. Eso constituiría represalia, lo cual también es ilegal. Sin embargo, sí pueden demandarte para cobrar una deuda legítima, si la hubiera. Son dos asuntos distintos.
Presentar una denuncia por acoso no implica la renuncia ni la aceptación de la deuda subyacente, y reclamar dicha deuda no elimina la denuncia por acoso.
Cuando hablamos de las protecciones de la FCCPA frente a la FDCPA , en realidad nos referimos a los derechos adicionales de cobro de deudas que los floridanos pueden tener más allá de la ley federal.
La mayoría de los consumidores de Florida que son acosados por un cobrador de deudas creen que solo hay una ley que los protege: la Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (FDCPA, por sus siglas en inglés), que es de ámbito federal.
Pero para los floridanos, hay dos.
Florida tiene su propia ley de cobro de deudas, llamada Ley de Prácticas de Cobro al Consumidor de Florida (FCCPA, por sus siglas en inglés). Esta ley se aplica junto con la ley federal y, en muchos sentidos, es más estricta. Por eso, un caso de acoso por cobro de deudas en Florida puede tener un resultado y una resolución diferentes que un caso idéntico en Tennessee o Massachusetts.
Si has recibido llamadas repetidas, amenazas o contactos de un cobrador de deudas, esto es lo que debes saber sobre ambas leyes, la diferencia entre ellas y si podrías demandar por una suma de dinero real.
The Real Deal
La FCCPA ofrece a los consumidores de Florida una protección más sólida contra el cobro de deudas que la FDCPA federal en tres aspectos principales:
- Puede aplicarse a los acreedores originales.
- Otorga a los consumidores 2 años para presentar una reclamación.
- Permite daños punitivos en algunos casos.

La ley federal: ¿Qué hace la FDCPA?
La Ley Federal de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (FDCPA, por sus siglas en inglés) está vigente desde 1977. Se aplica en todos los estados. Establece las normas sobre lo que los cobradores pueden hacer y enumera las cosas que nunca pueden hacer.
Según la FDCPA, un cobrador de deudas no puede:
- Te llamaremos antes de las 8 de la mañana o después de las 9 de la noche en tu zona horaria.
- Te llamaré al trabajo si tu empleador te ha dicho que no atiendas esas llamadas allí.
- Utilizar lenguaje obsceno o amenazante
- Llamar repetidamente con la intención de acosar.
- Falsificar la cantidad que debe
- Amenazan con emprender acciones legales que en realidad no tienen intención de llevar a cabo.
- Fingir ser abogados o funcionarios del gobierno
- Cuéntale a otras personas sobre tu deuda.
- Seguirán contactándote incluso después de que hayas enviado una solicitud por escrito para que se detengan.
Si infringen alguna de esas normas, puede demandarlos. La ley federal permite una indemnización legal de hasta $1,000 por caso, además de cualquier daño real que pueda demostrar ( 15 USC § 1692k(a) ). El cobrador paga los honorarios legales si usted gana. Tiene un año a partir de la fecha de la infracción para presentar la demanda ( 15 USC § 1692k(d) ).
Ese es el marco federal. Es una protección real y funciona de verdad. Pero tiene una laguna.
El vacío legal federal que Florida subsanó
La FDCPA solo se aplica a las agencias de cobro de deudas externas, no a los acreedores originales.
En pocas palabras, esto significa que la ley federal solo cubre a las empresas que compraron o fueron contratadas para cobrar la deuda de otra persona (por ejemplo, la agencia de cobranza, el comprador de deudas, el bufete de abogados que actúa como cobrador). No cubre al acreedor original.
Si tu compañía de tarjeta de crédito te acosa directamente por un saldo pendiente, la FDCPA prácticamente no te protege. Si la oficina de facturación de tu hospital te llama cuatro veces al día, la FDCPA no tiene efecto. Si el departamento de cobranzas de tu proveedor de cable te amenaza con demandarte por una factura impaga, la FDCPA no aplica.
Ahí es donde entran en juego las leyes de cobro de deudas de Florida.
Lo que añade la FCCPA
La Ley de Prácticas de Cobranza al Consumidor de Florida (FCCPA) abarca todo lo que cubre la Ley de Prácticas de Cobranza al Consumidor de Florida (FDCPA), e incluso más. Se aplica a los cobradores externos y a los acreedores originales. Se aplica a los compradores de deuda. Se aplica a cualquier persona que intente cobrar una deuda de consumo en Florida.
Esa única diferencia lo cambia todo en cuanto a cómo funciona un caso de acoso por cobro de deudas en Florida.
Si un cobrador llama a tu madre por tu deuda, la FDCPA te da derecho a presentar una demanda contra él. La FCCPA te da derecho a presentar una demanda contra el cobrador y, potencialmente, contra la compañía de tarjetas de crédito que lo contrató. Dos demandados. Dos vías de recuperación. Un solo caso.
Por eso, los tribunales de Florida han sido descritos como deliberadamente favorables al consumidor en este tema. La FCCPA se redactó para ser más estricta con los cobradores y acreedores que la ley federal. Los tribunales de Florida están obligados por ley a interpretarla de esa manera. Cuando un juez de Florida debe decidir un caso dudoso bajo la FCCPA, la ley le indica que se incline a favor del consumidor.
¿A quién cubre realmente la FCCPA?
La FCCPA abarca a cualquier “persona” que intente cobrar una deuda de consumo en Florida. Esto incluye:
- Individuales:
- Empresas
- Bancos
- Hospitales
- Empresas de servicios públicos
- Los propietarios
- Compañías de tarjetas de crédito
- Agencias de cobro de deudas
- Compradores de deuda
- Bufetes de abogados que desempeñan una función de cobro
También abarca a terceros que actúen en nombre de cualquiera de esas entidades. Por lo tanto, si su compañía de tarjetas de crédito contrata a una agencia de cobranza, y esa agencia contrata a un proveedor para realizar llamadas automáticas, los tres podrían estar sujetos a esta ley.
Si una empresa te está acosando por dinero que supuestamente debes, es casi seguro que se aplica la FCCPA.
El plazo de prescripción de dos años
Esto es más importante de lo que la gente cree.
Según la Ley Federal de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (FDCPA, por sus siglas en inglés), tiene un año a partir de la fecha de la infracción para presentar una demanda ( 15 USC § 1692k(d) ). Transcurrido ese plazo, no podrá presentar una demanda, incluso si la infracción fue evidente.
Según la FCCPA, usted tiene 2 años ( Estatuto de Florida § 559.77(4) ).
Ese año adicional marca la diferencia entre tener un caso o no para muchos floridanos. La mayoría no sabe que tiene un reclamo hasta mucho después de que las llamadas cesan. Recuperan su buzón de voz. Bloquean el número. Siguen adelante. Y luego, seis meses después, se enteran por un amigo de que la conducta fue ilegal.
Según la ley federal, el plazo ya se está agotando. Según la ley de Florida, aún tienen tiempo. El plazo de dos años establecido en la FCCPA existe porque la legislatura comprendió que los consumidores no siempre se dan cuenta en el momento en que se ha cruzado un límite. La ley está redactada para darles tiempo a comprenderlo.
Las 19 cosas que un coleccionista no puede hacer en Florida
La FCCPA detalla 19 actos prohibidos específicos. Es importante conocerlos, ya que cada uno puede constituir una infracción.
Según la ley de Florida, un cobrador no puede hacer ninguna de las siguientes cosas mientras intenta cobrar una deuda de consumo:
- Amenazar usted con violencia o enjuiciamiento penal.
- Revelar información sobre su deuda a su empleador antes de obtener una sentencia.
- Revelar información sobre su deuda a cualquiera quien no tiene ninguna razón comercial legítima para saberlo, o revelar información falsa a sabiendas Eso afecta a tu reputación.
- Comunícate contigo o con tu familia usando lenguaje abusivo u obsceno.
- Enviarte cualquier cosa que Parece un documento judicial o un proceso legal cuando no lo es..
- Hazte pasar por abogado. o un agente de la ley.
- Afirmar actuar en nombre de una agencia gubernamental cuando no lo son.
- Le informamos que la falta de pago resultará en su arresto, embargo o incautación de bienes, cuando esas cosas no pueden suceder legalmente o no se están planeando realmente.
- Utilice formas engañosas cobrar una deuda.
- Intentan cobrarte cuando saben que no tienen un derecho legítimo. al dinero.
- Reclamar o intentar cobrar una deuda que saben que no es legítima.
- Envíeme cualquier cosa en un sobre con lenguaje diseñado para avergonzar te sobre la deuda.
- Comunicarse contigo entre las 9 p. m. y las 8 a. m. en su zona horaria. sin su consentimiento previo.
- Comunicarme con usted de cualquier manera que acosa, oprime o abusa te
- Utilice el teléfono o cualquier dispositivo para Te llamo repetidamente con la intención de acosar.
- Comunicarme contigo cuando hayas terminado. se lo dijo por escrito que no quieres que lo hagan.
- Falsificar el monto o estado de la deuda.
- Se comunicarán contigo si saben que tienes un abogado. Ellos se encargarán del asunto y podrán contactar al abogado.
- Envía postales o utiliza cualquier otro medio abierto comunicación que hace visible la deuda a terceros.
La mayoría de los consumidores que lean esa lista verán algo que han experimentado ( Estatuto de Florida § 559.72 ).
Daños y perjuicios en virtud de la FCCPA
En un caso de FCCPA, los daños y perjuicios pueden provenir de tres fuentes.
- Daños reales: Si la conducta del cobrador le costó dinero o le causó un daño demostrable, como faltar al trabajo, recibir tratamiento de salud mental o perder el empleo, puede recuperar lo que haya perdido. perdió.
- Daños legales: Hasta $ 1,000 en daños adicionales, además de cualquier daño real, solo por las infracciones en sí mismas.
- Daños punitivos: Esta figura jurídica no está contemplada en la ley federal. Si la conducta del cobrador fue lo suficientemente grave, intencional o reiterada, un tribunal de Florida puede otorgar daños punitivos además de cualquier otra compensación. Estos daños tienen como objetivo castigarlos y disuadir a otros cobradores de cometer el mismo delito.
La forma en que un tribunal decide el monto de una indemnización por daños y perjuicios también está estipulada en la ley. El juez debe considerar tres aspectos:
- Cuán grave era la conducta
- ¿Con qué frecuencia ocurrió?
- Si lo hicieron intencionalmente
Si te llamaron dos veces y dejaron de hacerlo, eso es diferente a que te llamaran 50 veces después de que les enviaras una carta de cese y desistimiento. La ley obliga al tribunal a tener esto en cuenta.
Y la FCCPA, al igual que la FDCPA, exige que el cobrador pague los honorarios de su abogado si usted gana. Usted no paga de su bolsillo. Lo hace el demandado.
Florida también exige que los cobradores de deudas tengan licencia.
Este es un detalle menor que la mayoría de los estados no tienen. Florida exige que los cobradores de deudas externos se registren en la Oficina de Regulación Financiera y mantengan una licencia para operar en el estado.
Esto es importante por dos razones:
- Puedes pedirles su número de licencia de Florida. Si no lo tienen o se niegan a proporcionarlo, eso en sí mismo constituye una posible infracción.
- Si operan sin la debida inscripción, el Fiscal General de Florida tiene la autoridad para demandarlos. La multa por cobro no registrado en Florida es de 10,000 dólares más los honorarios del abogado, que debe pagar el cobrador.
Si una agencia de cobranza en Florida se comunica con usted, tiene todo el derecho a preguntar si tienen licencia. Y ellos tienen la obligación de responder.
Cómo funcionan juntas las dos leyes
Los residentes de Florida generalmente pueden presentar demandas tanto bajo la Ley Federal de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (FDCPA) como bajo la Ley Estatal de Protección al Consumidor de Florida (FCCPA) en la misma demanda. Ambas leyes se superponen, pero no se anulan mutuamente. En los casos en que se superponen, a menudo se puede elegir la vía que ofrezca la mayor compensación.
En la práctica, esto significa que una sola llamada de cobro indebida podría dar lugar a una demanda federal contra la agencia de cobro externa, una demanda en Florida contra esa misma agencia y una demanda en Florida contra el acreedor original que la envió. Tres demandas. Un solo incidente.
Los tribunales de Florida llevan décadas tramitando estos casos. Y el volumen de casos relacionados con la Ley de Protección al Consumidor de Florida (FCCPA) que se presentan cada año en Florida demuestra que la ley está dando resultados.
¿Listo para detener el acoso?
Si un cobrador o un acreedor original en Florida lo ha estado acosando, es hora de tomar medidas concretas. El primer paso es averiguar qué hicieron. El segundo paso es ponerle fin.
En Bernheim Kelley, nuestro equipo se encarga de casos de protección al consumidor en toda Florida y le brindamos un trato honesto desde la primera llamada. La revisión de su caso es GRATUITA y, si aceptamos su caso, el cobrador o acreedor paga nuestros honorarios, ¡no usted!
Comuníquese con nosotros en línea o llame al 954-329-0440 y cuéntenos qué ha estado sucediendo. Si su caso se rige por la FCCPA, la FDCPA o ambas, se lo informaremos. Si no, también se lo haremos saber. En cualquier caso, usted estará al tanto.
Revisión gratuita de su caso. Sin costo alguno para usted. Si ganamos, ¡la empresa paga nuestros honorarios legales!
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